Gastos Comunes

Los gastos comunes son el conjunto de gastos que realiza un edificio o condominio con el objetivo de mantener un buen funcionamiento de éste. Su pago es obligatorio. Existen gastos comunes ordinarios y extraordinarios.

Gastos comunes ordinarios​

Son todos aquellos gastos que realiza la administración con el objetivo de mantener el edificio en funcionamiento.

Aquí se incluyen:

Gastos administrativos

Como el pago de sueldos a funcionarios (conserjes, administrador, personal de aseo, etc.)

Gastos de mantenimiento

Pagos realizados para mantener los espacios comunes, como los ascensores, jardines,puertas de acceso, vidrios, pintura exterior, etc.

Gastos en reparaciones

Pago realizado para reparar bienes de la comunidad que estén con problemas, tales como ascensores u otros.

Gastos de uso y consumo

La luz, agua, etc, que se use en los espacios y bienes comunes.

Gastos comunes ordinarios​

Estos gastos comunes no siempre se cobran, y corresponden al desembolso de dinero por nuevos proyectos que se quiera hacer en el edificio y que los propietarios hayan acordado realizar. Por ejemplo, cambiar la ornamentación del hall de entrada. Los gastos comunes extraordinarios responden a proyectos específicos y no son necesarios para el correcto funcionamiento del edificio o condominio.

¿Cómo se calculan los gastos comunes?

Los gastos comunes se calculan por prorrateo. Cada copropietario deberá contribuir a los gastos comunes en proporción al derecho que le corresponda en los bienes de dominio común, atendiéndose para fijarlo, al avalúo fiscal de la respectiva unidad, salvo que el reglamento de copropiedad establezca otra forma de contribución.

Fondo de reserva

Se forma para atender, a modo de ejemplo, lo siguiente:
• Reparaciones de los bienes de dominio común.
• Certificación periódica de las instalaciones de gas.
• Gastos comunes urgentes o imprevistos.
Este fondo se formará e incrementará con el porcentaje de recargo sobre los gastos comunes que, en sesión extraordinaria, fije la asamblea de copropietarios, con el producto de las multas e intereses que deban pagar los morosos, con los aportes por concepto de uso y goce exclusivos sobre bienes de dominio común y otros que establezca el Reglamento.

¿Quién cobra los gastos comunes?

El administrador del condominio.

¿Quién fiscaliza los gastos comunes?

El comité de administración fiscaliza el pago de los gastos comunes.

¡LISTO!

Así comienza nuestro viaje, ¡Vamos por más!